Condiciones generales de compra

Condiciones generales de compra

de la empresa Nolte Küchen GmbH & Co. KG

1. Ámbito de vigencia

1.1 Las presentes condiciones de compra únicamente son válidas ante empresas a efectos del art. 310, párrafo 1 del Código Civil alemán («Bürgerliches Gesetzbuch»).

1.2 Para todos los suministros y las prestaciones de servicios que recibamos se aplican las presentes condiciones generales de compra siempre que no se hayan establecido expresamente otros acuerdos.

1.3 El presente documento se opone a las condiciones comerciales generales del proveedor que difieran de nuestras condiciones de compra. Esto se aplica también si el proveedor remite a sus condiciones en el curso de la correspondencia.

2. Declaraciones contractuales

2.1 El proveedor está obligado a aceptar nuestro pedido dentro de un plazo de 2 semanas tras la recepción.

2.2 Nos reservamos el derecho de propiedad y propiedad intelectual de todos los documentos relacionados con el pedido y confiados al proveedor, como cálculos, planos, etc. El proveedor se compromete a no revelar ni hacer accesibles estos documentos a terceros, a menos que otorguemos al proveedor nuestro consentimiento expreso y por escrito para tal fin. Estos documentos deberán utilizarse exclusivamente para la fabricación con motivo de nuestro pedido. Deberán sernos devueltos sin demora si el proveedor no acepta nuestro pedido dentro del plazo determinado en el apartado 2.1. Si nuestro pedido es aceptado, los documentos deben sernos devueltos de manera espontánea a más tardar cuando se tramite el pedido. 

2.3 Los pedidos, contrataciones y órdenes de entrega, así como cualquier modificación/complemento en ellos, requieren la forma escrita.

3. Remuneraciones y condiciones de pago

3.1 El precio indicado en nuestro pedido será vinculante. Si no se alcanza ningún acuerdo concreto, los precios deberán entenderse inclusive la entrega en el lugar de destino designado (DAP según Incoterms 2010), incluido el embalaje. El precio no incluye el impuesto sobre el valor añadido.

3.2 Por cada suministro o prestación de servicios deberá entregarse una factura en la correspondiente dirección postal, por separado del envío. Las facturas deben satisfacer las exigencias con arreglo al art. 14, párr. 4 de la Ley alemana relativa al impuesto sobre el volumen de negocios («Umsatzsteuergesetz»), coincidir en el texto con nuestras referencias del pedido y contener nuestro número de pedido. El texto de la factura debe especificar la denominación exacta del departamento contratante y la fecha del pedido.

El proveedor asumirá la responsabilidad de todas las consecuencias derivadas del incumplimiento de estas obligaciones, siempre que no pueda demostrar que no se le puedan atribuir.

3.3 El pago de la factura se efectúa mediante

transferencia, siempre que la mercancía suministrada/el servicio prestado no hayan dado lugar a quejas.

El plazo para el pago de la factura comienza en cuanto se haya aceptado completamente el suministro o la prestación del servicio y se haya recibido la factura emitida debidamente. Si el momento inicial del plazo cae entre el día 1 y el día 15 de un mes, el pago se realizará el día 1 del mes siguiente; si el momento inicial del plazo cae entre el día 16 y el último día del mes, el pago se realizará el día 16 del mes siguiente, deduciendo en cada caso el 5 % de descuento; o bien se realizará neto 120 días a partir del momento inicial del plazo.

Si la fecha de pago (día 16 o 1) cae en viernes o no cae en día hábil bancario, el pago se efectuará en principio el siguiente día hábil bancario.

Las facturas que no satisfagan los requisitos del art. 14, párr. 4 de la Ley alemana relativa al impuesto sobre el volumen de negocios («Umsatzsteuergesetz») o que no sean correctas no establecerán ningún vencimiento y podremos devolverlas en cualquier momento. En este último caso el vencimiento se establece una vez que se reciba la factura correctamente emitida.

En el caso de una prestación de servicios o un suministro incorrecto, tendremos derecho a retener el pago hasta que dicho suministro o prestación se cumpla debidamente, y todo ello sin pérdida de descuentos, rebajas y ventajas de pago similares. Lo anterior se entiende sin perjuicio de otros derechos.

En el caso de una aceptación anticipada de los suministros, el plazo de pago comienza a contar a partir de la fecha de suministro estipulada en el pedido, o bien a partir de la recepción de la factura, según la fecha que sea posterior.

4. Plazo de suministro

4.1 El plazo de suministro indicado en el pedido es vinculante. Solo se admitirá un suministro antes de la fecha de suministro estipulada tras obtener previamente nuestro consentimiento expreso por escrito.

No se aceptarán suministros parciales, salvo que los hayamos autorizado de manera expresa previamente. En el documento de suministro debe constar el nombre de la persona que ha otorgado esta autorización.

4.2 El proveedor está obligado a notificarnos por escrito y sin demora si ocurren o tiene conocimiento de determinadas circunstancias de las cuales se deduzca que no se puede mantener el plazo de suministro acordado. Para el cumplimiento del plazo de suministro se considerará el día de recepción de la mercancía en el lugar de destino.

4.3 Si el proveedor incurre en un retraso en el suministro, tendremos derecho a reclamar una indemnización por mora total por valor de un 0,3 % del precio acordado contractualmente por cada día que pase desde el inicio del retraso del suministro, pero en total esta cantidad no sobrepasará el 15 % del precio acordado. Esto no impedirá al proveedor demostrar que los daños son de carácter leve. Una vez transcurrido de manera infructuosa un plazo razonable, tendremos derecho a reclamar una indemnización por daños en lugar de la prestación del servicio o a retirarnos del contrato. En caso de que reclamemos una indemnización por daños, el proveedor tendrá derecho a demostrarnos que no se le puede atribuir el incumplimiento de las obligaciones.

5. Garantía

5.1 Comprobaremos la mercancía dentro del plazo adecuado para constatar cualquier divergencia en calidad y cantidad. La notificación de reclamación se realizará a tiempo siempre que se informe al proveedor dentro de un plazo de 7 días hábiles, contando a partir de la recepción de la mercancía o, en caso de defectos ocultos, a partir del momento en que se hayan descubierto.

5.2 El proveedor garantiza que la mercancía suministrada cumple, además de los requisitos que deben satisfacerse, también las disposiciones legales y normativas vigentes para su distribución y utilización. Los derechos legales de reclamación por defectos nos corresponden íntegros. En cualquier caso tenemos derecho a reclamar al proveedor la subsanación de los defectos o el suministro de un nuevo bien, a nuestra elección. Queda reservado expresamente el derecho a indemnización, en especial en derecho a indemnización en lugar de prestación de servicios. Estamos autorizados a realizar nosotros mismos la subsanación de los defectos a cargo del proveedor si existe riesgo en la demora o una especial urgencia.

5.3 Los derechos de reclamación por defectos, con independencia de su fundamento legal, prescriben 24 meses después de haber efectuado la entrega. Lo anterior se entiende sin perjuicio de unos plazos legales de prescripción más largos. 

6. Derechos de terceros

6.1 El suministro y su utilización por nuestra parte no deberán provocar la vulneración de derechos de propiedad de terceros. En caso de reclamación de terceros, informaremos al proveedor de dicha pretensión. Por nuestra parte no reconoceremos tales reclamaciones. A este respecto, autorizamos al proveedor a hacerse cargo del conflicto con terceros de forma judicial y extrajudicial.

6.2 En el caso de una vulneración de los derechos de propiedad de terceros, el proveedor se defenderá a sus expensas de las reclamaciones de terceros que estos presenten contra nosotros por la vulneración de sus derechos de propiedad debido a los suministros y prestación de servicios del proveedor. El proveedor nos exime de todas las reclamaciones derivadas del uso de dichos derechos de propiedad.

6.3 Si la utilización del suministro por nuestra parte menoscaba los derechos de propiedad existentes de terceros, el proveedor deberá adquirir por cuenta propia la autorización correspondiente o bien deberá modificar o sustituir las piezas en cuestión del suministro de tal modo que la utilización del suministro no contravenga los derechos de propiedad de terceros y al mismo tiempo cumpla los acuerdos contractuales.

7. Reserva de propiedad

7.1 Siempre que proporcionemos piezas al proveedor nos reservamos el derecho de propiedad de estas. El procesamiento o la transformación por parte del proveedor se realizará a nuestro favor. Si nuestra mercancía reservada es procesada junto con otros bienes que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo bien en la proporción del valor de nuestra mercancía (precio de compra más IVA) con relación a los demás bienes procesados en el momento del procesamiento.

7.2 Si el bien proporcionado por nosotros se combina de manera inseparable con otros bienes que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo bien en la proporción del valor del bien reservado (precio de compra más IVA) con relación a los demás bienes combinados en el momento de la combinación. Si la mezcla se realiza de tal forma que el bien del proveedor debe considerarse como bien principal, se considerará acordado que el proveedor nos transfiere la copropiedad de manera proporcional; el proveedor conservará la propiedad exclusiva o la copropiedad en favor nuestro.

7.3 Nos reservamos el derecho de propiedad de las herramientas; el proveedor está obligado a emplear las herramientas exclusivamente para la fabricación de la mercancía solicitada por nosotros. El proveedor está obligado a proporcionar un seguro por cuenta propia contra los daños ocasionados por incendios, agua y robo, por el valor de reposición para las herramientas que nos pertenezcan. El proveedor está obligado a realizar en nuestras herramientas cualquier trabajo necesario de mantenimiento e inspección, así como todos los trabajos de reparación y conservación, por cuenta propia y de manera oportuna. Deberá indicarnos de inmediato cualquier avería; si incumple esta obligación de manera culposa, los derechos de indemnización no se verán afectados.

7.4 Siempre que los derechos de garantía que nos correspondan conforme a los apartados 7.1 y 7.2 superen en más del 10 % el precio de compra de todas nuestras mercancías reservadas que aún no hayan sido pagadas, a petición de los proveedores estaremos obligados a liberar los derechos de garantía a nuestra elección.

8. Eficiencia energética

8.1 Advertimos al proveedor de que la empresa Nolte Küchen GmbH & Co. KG ha introducido un sistema de gestión energética según la norma DIN EN ISO 50001 y que los aspectos de la eficiencia energética y el consumo energético representan un criterio de decisión a la hora de valorar las ofertas en el caso de los productos relevantes para el consumo energético.

8.2 Si existiesen alternativas energéticamente más eficientes («con mayor potencial de ahorro») a los servicios y/o productos ofrecidos por usted, le rogamos que amplíe de manera opcional y autónoma su oferta con estas variantes. El aumento de la eficiencia energética constituye un objetivo estratégico de la empresa Nolte Küchen GmbH & Co. KG y se considera de manera correspondiente en la valoración de la oferta.

9. Responsabilidad por daños causados por productos defectuosos

9.1 En la medida en que el proveedor sea responsable por los daños de un producto, estará obligado a eximirnos de las reclamaciones de indemnización de terceros al primer requerimiento en caso de que la causa se establezca en el ámbito de su dominio y organización y él mismo sea responsable de las relaciones externas.

9.2 En este contexto el proveedor también está obligado a abonar cualquier gasto que resulte de o esté relacionado con una retirada de producto efectuada por nosotros. Siempre que sea posible y razonable, informaremos al proveedor sobre el contenido y el alcance de las medidas de retirada de producto que se deberán efectuar, y le ofreceremos la posibilidad de efectuar una declaración. Todo ello se entiende sin perjuicio de otros derechos legales.

9.3 El proveedor se compromete a mantener una póliza de seguro de responsabilidad por daños causados por productos defectuosos con una cobertura de 10 millones de euros por cada daño personal/daño material (global). Si nos corresponden derechos de indemnización superiores, estos no se verán afectados. El proveedor deberá enviarnos un duplicado del contrato de póliza válido, si así lo solicitamos.

10. Prohibición de cesión

El proveedor no tendrá derecho a ceder a terceros las deudas contraídas con nosotros sin nuestro consentimiento por escrito; este consentimiento únicamente podrá negarse por una razón importante.

11. Plazos de suministros posteriores

El proveedor se compromete a suministrar piezas de repuesto a precios adecuados durante un periodo de al menos 5 años tras el cese del suministro de la serie, y al mismo tiempo a no permitir un empeoramiento de la calidad. Aceptamos la terminación anticipada de los suministros posteriores únicamente siempre que el aprovisionamiento final sea económicamente razonable y la demanda sea previsible.

12. Herramientas, moldes, patrones, etc.

Las herramientas, moldes, patrones, modelos, perfiles, planos, normas de ensayo, hojas de normas, plantillas de impresión y calibres confiados por nosotros, así como los objetos fabricados con posterioridad, no podrán transmitirse a terceros ni utilizarse para cualquier otro fin distinto al fin contractual sin nuestro consentimiento por escrito. Deben protegerse contra una consulta o utilización no autorizadas. Con reserva de los demás derechos, podremos solicitar su devolución si el proveedor ha incumplido estas obligaciones o si la relación comercial concerniente al respectivo producto contractual ha finalizado.

13. Confidencialidad/privacidad de datos

13.1 El proveedor está obligado a mantener en estricto secreto todas las figuras, planos, cálculos y otros documentos e información que haya recibido. Únicamente podrán mostrarse a terceros con nuestro consentimiento expreso. La obligación de confidencialidad continuará vigente tras la finalización de este contrato y solo prescribirá si y en la medida en que los conocimientos de producción contenidos en las figuras, planos, cálculos y otros documentos confiados hayan pasado a ser de conocimiento general.

13.2 Advertimos conforme al art. 33 de la Ley federal alemana de protección de datos («Bundesdatenschutzgesetz») que los datos recibidos en el contexto de la relación comercial se almacenan en archivos.

14. Código de proveedores

Únicamente entablamos relaciones comerciales con empresas que estén dispuestas a someterse a los mismos principios éticos que los que posee el grupo Nolte. El proveedor se compromete a cumplir el «Código de proveedores Nolte» y a cumplir todas las obligaciones que resulten de dicho código de conducta.

Si un proveedor incumple este código y a causa de ello perdemos un cliente, el proveedor deberá compensarnos por los daños originados por ello.

15. Lugar de cumplimiento, tribunal competente y derecho aplicable

15.1 El lugar de cumplimiento para nuestros pagos es nuestra sede comercial.

15.2 El lugar de cumplimiento para los suministros del proveedor es nuestra sede comercial o el lugar en el que el proveedor debe suministrar nuestro pedido en función de su contenido.

El proveedor asume el riesgo del suministro hasta el momento de la aceptación de la mercancía por nuestra parte o por parte de nuestros encargados en el lugar de destino (DAP según Incoterms 2010).

15.3 El tribunal competente exclusivo para todos los litigios entre el proveedor y nosotros derivados de o en relación con el presente contrato será nuestra sede comercial, en función de la cuantía en litigio, o bien la sede comercial del proveedor, a nuestra elección.

Para todas las relaciones jurídicas entre nosotros y el proveedor derivadas de o en relación con nuestra relación comercial, será determinante el derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión del derecho de compra de las Naciones Unidas.

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